Granada: el acusado niega saber que cobró la pensión de su madre durante 22 años

La muerte de una mujer en marzo de 1996 no cerró todos los movimientos de su vida administrativa. Durante más de dos décadas, una pensión de viudedad siguió llegando a una cuenta compartida con su hijo, hasta convertir una ausencia familiar en un asunto que ahora se juzga en Granada.
El acusado, un hombre de unos 60 años, se sentó ante la Audiencia de Granada para responder por un presunto fraude continuado de prestaciones. La acusación sostiene que percibió más de 210.000 euros después del fallecimiento de su madre sin comunicarlo a los organismos competentes.
Su defensa ante el tribunal se apoyó en una idea central: aseguró que no fue consciente de que aquel dinero procediera de la pensión de su progenitora. Dijo que durante ese tiempo no recibió ninguna notificación que le hiciera comprender que el ingreso seguía activo.
La cuenta era de titularidad compartida y, de acuerdo con el relato expuesto en la vista, ese detalle mantuvo abierto el canal por el que entraba la prestación. El caso no gira solo alrededor de una cifra, sino de una rutina bancaria prolongada durante veintidós años.
El procesado reconoció haber retirado de aquella cuenta cerca de 50.000 euros en distintas ocasiones. Sin embargo, mantuvo que nunca relacionó el saldo disponible con la percepción indebida que se le atribuye y negó haber entendido el origen de ese dinero.
Cuando recibió una comunicación sobre lo ocurrido, explicó, ingresó 5.000 euros y trató de pactar un pago fraccionado. Ese intento de reparación forma parte de la estrategia de su defensa, que pide la absolución y subraya su voluntad de devolver las cantidades percibidas.
La Fiscalía reclama cinco años de prisión por un delito continuado de fraude de prestaciones a la Seguridad Social. Además, solicita una multa de 350.000 euros y una indemnización de 168.927 euros, una cifra que fija la dimensión económica del procedimiento.
La acusación sitúa el núcleo de los hechos en el silencio posterior al fallecimiento: la madre murió en 1996 y la pensión continuó abonándose. Determinar si el hijo conocía esa situación y si tenía el deber de detenerla será una de las claves de la decisión judicial.
El banco también aparece en el relato del juicio. Un responsable de la sucursal declaró que, de haberse comunicado el fallecimiento, la cuenta se habría bloqueado automáticamente, una afirmación que contrasta con la versión de quien dice haber avisado a la entidad.
La entidad ya abonó 41.282 euros correspondientes a los cuatro últimos años de pagos indebidos. La Fiscalía la considera responsable civil subsidiaria respecto de la compensación que pudiera imponerse al acusado, una derivada que amplía el alcance del proceso más allá del banquillo.
La defensa sostiene que concurren atenuantes por la reparación del daño y por las dilaciones del procedimiento. También insiste en que el acusado no quiere eludir la devolución del dinero, sino evitar una condena de cárcel por una situación que afirma no haber comprendido a tiempo.
La distancia entre ambas versiones es profunda. Para la acusación hubo una omisión sostenida que permitió cobrar una prestación durante años; para el procesado, hubo una cuenta con saldo, retiradas de dinero y una falta de conciencia sobre lo que realmente seguía entrando.
El juicio obliga a volver sobre un mecanismo básico: una pensión deja de corresponder cuando muere su titular y el fallecimiento debe comunicarse. En esta causa, esa obligación se examina junto a los controles bancarios y administrativos que no frenaron los abonos durante tanto tiempo.
La Audiencia de Granada tendrá que valorar documentos, movimientos bancarios y testimonios antes de resolver. Por ahora, queda la imagen de una pensión que sobrevivió a su titular durante veintidós años y de un acusado que niega haber sabido que aquel dinero seguía llegando.






