Disturbios en Bilbao y Barcelona: los padres de los menores pueden pagar los daños

Los escaparates rotos, los vehículos incendiados y las bicicletas quemadas han dejado una factura que puede llegar a las familias. Tras los disturbios en Barcelona y Bilbao, la identificación de los menores implicados abre también la posibilidad de reclamar a sus padres los daños que se les atribuyan.
En Barcelona, el primer recuento del mobiliario urbano dañado asciende a 36.000 euros. Esa cantidad deja fuera los robos y los destrozos en las tiendas, de modo que el balance conocido todavía no recoge todas las pérdidas que dejaron los altercados.
La dimensión del problema atraviesa las dos ciudades. En Bilbao, diez de los detenidos son menores de edad. En Barcelona, la elevada presencia de adolescentes entre los arrestados ha colocado a sus responsables legales en el centro de las preguntas sobre quién afrontará las indemnizaciones.
El anuncio de reclamar a las familias ya tiene una expresión concreta en Barcelona. El alcalde, Jaume Collboni, ha ordenado que el Ayuntamiento se persone en las causas y ha señalado también a los padres y responsables legales de los menores implicados.
La reclamación económica seguirá su propio recorrido. Habrá que identificar a los autores, acreditar los desperfectos y relacionarlos con conductas concretas. La suma total de las pérdidas no se divide automáticamente entre todas las personas detenidas.
La ley del menor establece una responsabilidad solidaria: cuando se acredita la responsabilidad del adolescente, pueden responder con él sus padres, tutores, acogedores o guardadores, por el orden previsto en la norma. La obligación económica puede alcanzar así a quien no estuvo en la calle.
El artículo 61.3 permite al juez moderar esa responsabilidad cuando los adultos no hayan favorecido la conducta del menor con intención o negligencia grave. La valoración depende de las circunstancias; presentarse como un buen padre no resuelve por sí solo la reclamación.
La edad marca otra frontera. La responsabilidad penal bajo la ley del menor comienza a los 14 años; por debajo de esa edad se aplican las normas de protección. Esa diferencia no permite confundir el tratamiento penal del adolescente con la cuestión de quién debe reparar los daños.
El abogado penalista Pablo Gea ha advertido del alcance que pueden tener estas conductas para los progenitores. Su explicación sitúa la tutela y las obligaciones legales de los adultos detrás de una factura que no desaparece porque el autor de los destrozos sea menor.
Para los comerciantes, el recuento va más allá de los elementos de la calle. Los escaparates reventados, los bienes dañados y los robos deben valorarse junto con el resto de las pérdidas, mientras se determina a quién puede exigirse su reparación.
Las primeras decisiones judiciales en Cataluña ya han impuesto restricciones a menores investigados. Tres han ingresado en un centro en régimen cerrado y otros tienen prohibido acercarse a menos de un kilómetro de manifestaciones o concentraciones populares.
Durante las declaraciones, la jueza catalana también reprochó a los padres que alegaran desconocer qué hacían sus hijos. Esa intervención ha añadido tensión a un debate sobre la supervisión familiar que acompaña a las investigaciones por los incendios y los destrozos.
Las convocatorias difundidas por mensajería y redes sociales forman parte del escenario que se investiga. La presencia de adolescentes movilizados a través de esos canales deja ahora dos tareas abiertas: esclarecer su participación y cuantificar los daños causados.
Para quienes perdieron un coche o encontraron su negocio destrozado, la reparación sigue pendiente. El recuento de Barcelona aún excluye las pérdidas de las tiendas y la identificación de los responsables continúa siendo decisiva para que las reclamaciones avancen.






