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Lleida aprueba vetar el burka y el niqab en espacios públicos: multas de hasta 750 euros

Lleida ha dado un paso que vuelve a colocar el velo integral en el centro de un debate jurídico y político de enorme carga. El pleno municipal aprobó este viernes una nueva ordenanza de civismo que impide llevar prendas o elementos que oculten por completo el rostro en los espacios públicos de la ciudad.

El texto no menciona de forma literal el burka ni el niqab, pero su alcance afecta directamente a esas prendas. La fórmula elegida prohíbe cualquier ropa, vestimenta o indumentaria que impida reconocer el rostro, una redacción más amplia que sitúa la medida dentro de las normas de convivencia urbana.

El incumplimiento se considerará una infracción leve y podrá acarrear multas de entre 400 y 750 euros. Antes de imponer una sanción, la ordenanza contempla un aviso previo. La cifra convierte una norma de apariencia administrativa en una decisión con consecuencias directas para quienes queden bajo su aplicación.

La votación salió adelante con los votos del PSC, que gobierna el Ayuntamiento, de Junts y de Vox. ERC, el Comú y el PP rechazaron el texto, aunque desde posiciones muy distintas. El resultado dibujó una alianza puntual y dejó expuesto el desacuerdo sobre el alcance real de la prohibición.

La ordenanza incluye excepciones relevantes. No se aplicará en los lugares de culto, en espacios donde sea habitual cubrirse el rostro por costumbres sociales aceptadas ni cuando esa práctica se realice en ejercicio de un derecho fundamental. Esas salvedades anticipan el terreno en el que puede librarse el próximo conflicto.

El artículo 12 se apoya en la idea de preservar la interacción social propia de una sociedad libre y democrática. El gobierno municipal ha defendido la iniciativa desde el civismo y los derechos de las mujeres, no desde una necesidad de seguridad. Esa justificación marca la distancia con los argumentos habituales de identificación policial.

Pero Lleida ya conoce el final incierto de una prohibición semejante. En 2010 fue pionera al vetar el burka y el niqab en edificios municipales. Tres años después, el Tribunal Supremo anuló aquella regulación al entender que un ayuntamiento no podía limitar por sí solo un derecho fundamental como la libertad religiosa.

Aquel precedente sigue pesando sobre la nueva ordenanza. La cuestión no se limita a si una prenda cubre el rostro, sino a quién puede regular sus límites y con qué rango normativo. La jurisprudencia anterior dejó claro que una restricción de este tipo exige una base legal que excede el poder municipal.

La nueva redacción intenta evitar una repetición exacta del choque judicial. Al incorporar excepciones y hablar de ocultación total del rostro sin señalar exclusivamente a símbolos religiosos, el Ayuntamiento busca encajar la norma en el marco del civismo. Aun así, su efecto sobre el burka y el niqab permanece en el centro de la medida.

El debate llega en un momento en que el Congreso mantiene abierta una discusión sobre el marco constitucional de posibles restricciones al velo integral. La controversia enfrenta la defensa de la autonomía personal y la libertad religiosa con quienes consideran que estas prendas expresan una desigualdad que las instituciones deben combatir.

También existe un temor expresado por entidades sociales: una prohibición concebida para proteger podría producir el efecto contrario en algunas mujeres si las empuja a permanecer dentro de casa. Esa advertencia añade una capa incómoda al asunto, porque obliga a medir no solo el objetivo declarado, sino las consecuencias reales de la sanción.

La ordenanza aprobada no se agota en el velo integral. Actualiza el régimen de convivencia de Lleida e incorpora otras conductas sancionables, desde acciones incívicas en la vía pública hasta supuestos de reincidencia. Sin embargo, el artículo sobre la ocultación del rostro ha concentrado la atención por su carga simbólica y legal.

La ciudad vuelve así a convertirse en un laboratorio de un conflicto que España no ha resuelto de forma definitiva. La aprobación municipal abre una nueva etapa, pero no cierra la discusión. El texto deberá convivir con las excepciones que incorpora y con el límite que los tribunales ya fijaron en el pasado.

Detrás de las multas y de la redacción técnica queda una pregunta de fondo: hasta dónde puede llegar una institución local al regular la presencia de una persona en el espacio público. Lleida ha dado su respuesta en el pleno; el recorrido jurídico y social de esa decisión apenas comienza ahora.

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