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Roquetas de Mar: investigado por cortar la luz y el agua a una mujer de 88 años pendiente de desahucio

La casa no estaba vacía. Dentro vivía una mujer de 88 años, sola, con sus recibos de luz y agua al día y una orden de lanzamiento todavía pendiente. En pleno agosto, los dos suministros se apagaron de golpe y la vivienda dejó de ser un refugio para convertirse en una amenaza.

El inmueble había cambiado de manos después de una subasta provocada por el impago de la hipoteca. La mujer había perdido la titularidad, pero el proceso judicial no había terminado: aún no se había ejecutado el lanzamiento ni se había producido la entrega efectiva de la casa.

El nuevo propietario pidió a las compañías que interrumpieran la electricidad y el agua sin esperar a esa actuación judicial. La investigación abierta en Roquetas de Mar examina ahora si esa decisión unilateral pudo constituir un delito de coacciones contra la antigua dueña.

La afectada había pagado su hipoteca durante 25 años antes de no poder seguir afrontándola. Aun después de perder la vivienda en la subasta, continuaba abonando los servicios básicos y pretendía mantenerlos hasta que concluyera el procedimiento que decidiría su salida del domicilio.

El corte se produjo durante agosto, en un periodo de altas temperaturas. Sin agua ni electricidad, la mujer tuvo que abandonar temporalmente la casa en la que residía y alojarse con una de sus hijas, aunque todavía no existía un lanzamiento ejecutado por el juzgado.

La denuncia activó una respuesta cautelar. El juez ordenó que los dos suministros fueran restituidos de forma inmediata, una medida destinada a frenar el daño mientras se esclarecen los hechos y se determina el alcance penal de lo ocurrido.

Días después de esa resolución, el investigado contactó con las empresas suministradoras para que la luz y el agua regresaran a la vivienda. La reposición no borra el episodio ni cierra las diligencias, pero devuelve a la mujer unas condiciones mínimas de habitabilidad.

El caso ha dejado al descubierto una línea que no depende solo de quién figure como propietario en una escritura. Perder una vivienda por embargo obliga a abandonarla cuando llega la ejecución, pero no permite sustituir el procedimiento judicial por presiones que empujen a salir antes.

La resolución analiza además la confusión entre una persona pendiente de desahucio y quien entra en una vivienda ajena sin ningún derecho. La mujer había vivido allí como propietaria, había pagado durante años y permanecía en el domicilio dentro de un proceso judicial abierto.

Esa diferencia es decisiva porque el corte de suministros puede convertirse en un instrumento de presión. La ausencia de luz o agua no es una discusión abstracta sobre papeles: afecta al descanso, a la higiene, a la comida, a la seguridad y a la posibilidad misma de resistir el día a día.

La investigación se apoya en la advertencia de que una reciente doctrina sobre viviendas ocupadas ilegalmente no puede trasladarse sin matices a embargos, alquileres impagados o desahucios en curso. Cada situación tiene un marco legal y unos límites que deben respetarse.

En Roquetas de Mar, la clave es que la vivienda fue adquirida en subasta antes de que la autoridad judicial ejecutara el lanzamiento. El cambio de propietario no autorizaba, por sí solo, a privar a la residente de los servicios que seguía pagando mientras aguardaba la resolución final.

La mujer deberá abandonar el inmueble cuando corresponda por la vía legal, pero ese deber no convierte su permanencia temporal en una ocupación ilegal. El juzgado ha remarcado que la fuerza de una orden judicial no puede ser reemplazada por un apagón decidido desde fuera.

Tras la puerta de esa vivienda queda una advertencia incómoda: los conflictos por una casa pueden arrastrar a sus habitantes a una situación límite, pero la ejecución tiene reglas. Cuando la luz y el agua se usan para forzar una salida, la justicia puede mirar hacia quien pulsó el interruptor.

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