Un tribunal de Chipre multa a un padre británico tras la muerte de su hijo en un hotel de Pafos

El silencio de una sala judicial en Pafos cerró este viernes una tragedia que comenzó durante unas vacaciones familiares en Chipre. Joshua Foster fue condenado a pagar una multa de 3.000 euros por la muerte de su hijo tras una caída desde la cuarta planta de un hotel de Chlorakas.
La resolución llegó después de que el padre admitiera responsabilidad por causar el fallecimiento mediante un acto imprudente, temerario o peligroso. El tribunal descartó imponer una pena de prisión y valoró las circunstancias concretas de un caso marcado por una pérdida irreversible.
El accidente ocurrió el 12 de julio, en el primer día del viaje de la familia al King Evelthon Beach Hotel and Resort. Foster había llegado a la isla con su esposa, sus hijos y sus suegros horas antes de que una escena cotidiana acabara convertida en una emergencia devastadora.
Después de pasar parte de la jornada en la piscina, la familia regresó a sus habitaciones para prepararse antes de cenar. Ya por la tarde, Foster caminaba por la cuarta planta junto a su suegro y el niño hacia el ascensor, en un pasillo con vistas al exterior del complejo.
El menor se fijó en el parque acuático situado fuera del edificio. Durante la vista se expuso que el padre pulsó el botón del ascensor y colocó al pequeño sobre el alféizar para que pudiera mirar, convencido de que la ventana estaba cerrada o protegida por un cristal.
La secuencia duró apenas unos segundos. El niño cayó antes de que Foster consiguiera sujetarlo y se precipitó desde una altura aproximada de doce metros. Fue trasladado al Hospital General de Pafos, donde los intentos de reanimación no lograron salvarle la vida.
La jueza Froso Christodoulidou examinó si aquel gesto revelaba una negligencia de entidad suficiente para castigarla con cárcel. Su conclusión fue que se trató de un error momentáneo que generó una situación peligrosa, pero no de una exposición deliberada o sostenida del menor al riesgo.
La sentencia también tuvo en cuenta que Foster se declaró culpable, colaboró con la investigación y no tenía antecedentes penales. El reconocimiento de los hechos evitó un juicio prolongado, aunque no alteró la dimensión humana de una muerte ocurrida al inicio de unas vacaciones familiares.
La presencia de alcohol en el organismo del acusado formó parte de las cuestiones revisadas durante el procedimiento. El tribunal no encontró elementos que acreditaran que estuviera incapacitado o que ese consumo hubiera influido en la caída, por lo que ese aspecto no fue determinante en la condena.
Foster, auditor de profesión y natural de Essex, había permanecido condicionado por el proceso penal desde julio. Su defensa sostuvo que la tramitación le impidió vivir el duelo junto a su familia como habría querido, después de haber pasado ocho días bajo custodia tras el accidente.
Tras escuchar la decisión, el padre manifestó su intención de regresar con su esposa y su hija cuando se completaran los trámites necesarios. La devolución de su documentación y el levantamiento de las condiciones impuestas durante el proceso eran los últimos pasos pendientes para abandonar Chipre.
La familia expresó que sentía alivio por el final del procedimiento, sin presentar ese desenlace como un cierre real. La pérdida del niño seguirá formando parte de su vida, una consecuencia que la propia resolución judicial reconoció al valorar el castigo y sus efectos personales.
La multa de 3.000 euros sustituye la posibilidad de una pena de prisión que la acusación podía haber abierto en este tipo de delito. El tribunal entendió que una sanción económica respondía a las particularidades del caso, sin minimizar que la conducta examinada terminó con la muerte de un menor.
Tres meses después de aquella caída, la decisión deja una imagen difícil de separar del proceso: una ventana abierta, un instante de confianza y una familia rota. La condena pone fin a la causa penal en Pafos, pero no a las consecuencias de una tragedia que ya no admite reparación.






