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Málaga: rebajan a 14 años la pena por estrangular a su mujer y enterrarla bajo hormigón

El cuerpo de una mujer permaneció seis meses bajo el hormigón de una nave industrial de Málaga. Su marido fue condenado a 15 años de prisión por matarla. La resolución conocida este 26 de octubre rebaja esa pena a 14 años y mantiene los hechos probados.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha aceptado solo una parte del recurso de la defensa. La reducción de un año responde a cómo se fijó la duración de la pena; el tribunal conserva el relato que dieron por probado la Audiencia de Málaga y el jurado popular.

El crimen ocurrió en marzo de 2022, en el domicilio que compartía el matrimonio en la capital malagueña. Tenían dos hijas. La mujer había comunicado que quería divorciarse y, durante una fuerte discusión, comenzó un forcejeo entre ambos.

El hombre le apretó el cuello con las manos hasta causarle la muerte por estrangulamiento. Los hechos probados establecen que actuó con intención de matarla y vinculan la agresión a los celos y a su rechazo de la decisión de ella de separarse.

Después envolvió el cadáver en una manta y lo cubrió con un plástico para introducirlo en un bidón. Lo trasladó con una carretilla hasta su furgoneta y condujo hacia una nave de su propiedad situada en un polígono industrial de Málaga.

Dentro de la nave picó y excavó el suelo de hormigón. Allí enterró a su mujer junto con su bolso y otros efectos personales, entre ellos tarjetas bancarias y documentación de identidad y sanitaria de la víctima y de sus hijas menores.

El enterramiento quedó cubierto con hormigón y maquinaria pesada. Tras ocultar el cadáver, el hombre regresó al domicilio. El cuerpo permaneció en aquel lugar durante cerca de seis meses, mientras la mujer figuraba como desaparecida.

Durante ese tiempo el marido declaró ante la Policía y habló con los investigadores. La investigación terminó llevando a una nueva declaración en la que reconoció su participación, cuando ya habían transcurrido casi seis meses desde el crimen.

Aquella confesión permitió a los agentes encontrar el cadáver y completar la investigación. El reconocimiento de los hechos, tanto ante la Policía como después en el juicio, se valoró como una confesión tardía al determinar la condena.

La Audiencia de Málaga lo condenó por homicidio y aplicó dos circunstancias que agravaban la pena: el parentesco y el género. La sentencia vinculó esta última a que el hombre no aceptó la voluntad de su esposa de divorciarse y vivir en libertad.

También se tuvieron en cuenta dos circunstancias que reducían el castigo: la confesión tardía y la reparación del daño. Esta segunda se apoyó en que el condenado había depositado una parte del dinero destinado al pago de la indemnización.

La defensa recurrió la sentencia porque cuestionaba la aplicación de esas circunstancias y su peso en el castigo. El alto tribunal andaluz rechaza esos argumentos y admite únicamente la objeción relativa al cálculo concreto de la pena de prisión.

La Fiscalía y la acusación particular también habían recurrido, pero sus recursos han sido rechazados. El resultado de esta revisión es una condena de 14 años por el mismo homicidio, con los hechos acreditados en el juicio intactos.

La rebaja no cambia la secuencia que quedó probada: una petición de divorcio, un estrangulamiento y el traslado del cuerpo a una nave para enterrarlo bajo hormigón. La condena pierde un año; se mantiene la responsabilidad del hombre por haber matado a su esposa.

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