La Fiscalía frena el nuevo permiso de Alfonso Basterra para salir de Topas

La puerta de salida de la prisión de Topas vuelve a quedar suspendida para Alfonso Basterra. La Fiscalía Provincial de Salamanca se ha opuesto al nuevo permiso penitenciario que el condenado había solicitado para abandonar temporalmente el centro, y el expediente entra ahora en su tramo decisivo.
La petición no llega sola ni parte de cero. Basterra cumple una condena de 18 años por el asesinato de su hija Asunta en 2013 y ya había intentado obtener una salida ordinaria. Aquel recorrido judicial acabó sin permiso efectivo después de que la autorización inicial fuese revocada en mayo.
Esta vez, el movimiento dentro de la cárcel ha sido distinto. La Junta de Tratamiento de Topas emitió un informe favorable y remitió la solicitud al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, un cambio relevante frente al criterio desfavorable que había marcado el anterior intento del interno.
El respaldo de ese órgano técnico no cierra el camino ni obliga a conceder la salida. La Fiscalía recibió la comunicación del informe favorable y formalizó su oposición ante el juzgado, de modo que el permiso queda sometido a un nuevo contraste entre la valoración penitenciaria y la posición del Ministerio Público.
La decisión definitiva corresponde al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Salamanca. El juez deberá examinar la solicitud, el informe procedente de Topas y las razones expuestas por la Fiscalía antes de resolver si autoriza o rechaza una salida temporal que, por ahora, sigue sin fecha ni autorización.
El permiso solicitado es de tres días y se enmarca en la evolución ordinaria de la situación penitenciaria, pero el historial del caso pesa sobre cada paso. Basterra no ha disfrutado de permisos desde que ingresó en prisión y el precedente de primavera dejó una advertencia clara sobre los límites de esa posibilidad.
En marzo, un juez había autorizado un permiso ordinario de cuatro días tras la queja presentada contra el acuerdo de la Junta de Tratamiento. Sin embargo, Basterra nunca llegó a abandonar la cárcel: la Fiscalía recurrió la resolución y la Audiencia Provincial de Salamanca dejó sin efecto aquella autorización en mayo.
La Audiencia consideró entonces que la salida era prematura e injustificada. Entre los elementos valorados figuraban la gravedad del delito, el tiempo de condena pendiente y la falta de asunción de responsabilidad que el tribunal vinculó a la persistente negación de los hechos por parte del condenado.
También existía una diferencia importante en el expediente anterior: la Junta de Tratamiento se había pronunciado en contra por una amplia mayoría. El nuevo informe favorable modifica una de las piezas del escenario, pero no elimina los argumentos que llevaron a frenar la primera salida antes de que pudiera materializarse.
Basterra cumplirá las tres cuartas partes de la pena en marzo de 2027. El cumplimiento íntegro de los 18 años está previsto para septiembre de 2031, una cronología que sitúa la solicitud actual a pocos meses de ese primer hito penitenciario, aunque alcanzarlo no implica una salida automática.
La resolución pendiente no revisa la condena ni altera el fallo por el asesinato de Asunta. Se limita a decidir sobre una salida temporal, bajo las condiciones propias de un permiso ordinario, pero el expediente devuelve al centro del debate judicial los mismos factores que ya condicionaron la decisión de primavera.
Asunta tenía 12 años cuando fue asesinada en septiembre de 2013. La investigación concluyó que fue sedada antes de morir asfixiada, y el jurado popular declaró culpables a Alfonso Basterra y Rosario Porto. Ambos fueron condenados a 18 años de prisión por la Audiencia Provincial de A Coruña.
El Tribunal Supremo confirmó después las condenas. Rosario Porto murió en 2020 mientras cumplía pena de prisión, mientras Basterra continúa encarcelado en Topas. Trece años después del crimen, la nueva solicitud de permiso reabre una cuestión concreta: si puede salir unos días sin que ello modifique su condena.
Por ahora, la respuesta no está en la prisión ni en la Fiscalía, sino en el juzgado que debe resolver el expediente. La oposición formal del Ministerio Público deja la solicitud bajo una sombra jurídica conocida y mantiene cerrada la salida hasta que llegue una resolución expresa.






