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Cáceres: 61.010 euros por un diagnóstico que llegó cuando la visión ya se apagaba

La pérdida de visión comenzó como una alarma en el ojo derecho y terminó convertida en una secuela irreversible. Un vecino de Oliva de Plasencia, de 64 años, recibirá 61.010,22 euros tras acreditarse un retraso continuado en el diagnóstico de un desprendimiento de retina.

El primer aviso llegó el 29 de mayo de 2023. El paciente acudió al centro de salud de su localidad por molestias y una disminución acusada de la agudeza visual, síntomas que requerían una valoración rápida por el riesgo que entraña una lesión en la retina.

Después vinieron más consultas en atención primaria y en urgencias. Durante esos meses no se alcanzó un diagnóstico definitivo ni se inició el tratamiento que podía frenar el deterioro, mientras el problema seguía avanzando dentro de un ojo que ya daba señales de gravedad.

La respuesta concluyente no llegó hasta octubre, cinco meses después del primer aviso. Una ecografía realizada en el Hospital Universitario de Cáceres detectó un desprendimiento de retina inferior con signos de cronicidad, cuando la lesión ya había dejado una huella difícil de revertir.

La retina es una capa esencial para captar la luz y enviar la información visual al cerebro. Cuando se desprende, el tiempo pesa de una forma brutal: el retraso puede reducir las opciones de recuperación y transformar una urgencia tratable en un daño permanente.

El afectado conserva una visión residual, capaz de percibir bultos y el movimiento de las manos, pero perdió de forma severa la visión del ojo derecho. La compensación económica parte de esa realidad: no se trata de una ceguera absoluta, aunque la secuela le acompañará toda la vida.

En septiembre de 2024 presentó una reclamación por lo ocurrido y pidió 144.788,82 euros. La cifra final quedó muy por debajo de esa solicitud, fijada tras valorar las secuelas, la pérdida de calidad de vida y el alcance limitado, aunque irreversible, de la visión conservada.

La Comisión Jurídica de Extremadura reconoció la responsabilidad patrimonial de la Administración sanitaria. El dictamen se apoya en la existencia de una demora diagnóstica y terapéutica durante un recorrido asistencial que se prolongó demasiado para una patología de esta naturaleza.

La Inspección Médica concluyó que el retraso existió y que el paciente podría haber recibido tratamiento antes. Esa posibilidad perdida sostiene el núcleo de la resolución: no se indemniza una simple demora administrativa, sino el daño asociado a haber llegado tarde cuando todavía podía actuarse.

El caso no describe un único error aislado, sino una cadena de valoraciones sin una respuesta definitiva durante cinco meses. Entre el primer síntoma y la ecografía se abrió un vacío que dejó al paciente expuesto a una lesión progresiva sin el abordaje que necesitaba.

La resolución coloca el foco en una consecuencia íntima y cotidiana. Perder la visión de un ojo altera la orientación, el cálculo de distancias, la lectura, la conducción y la sensación de seguridad, incluso cuando el otro ojo conserva buena capacidad visual.

También deja una advertencia incómoda sobre la atención a los síntomas visuales repentinos. La visión borrosa, las sombras o una caída brusca de la agudeza no son molestias menores cuando pueden esconder un desprendimiento de retina y exigir una derivación urgente.

Los 61.010,22 euros reconocen un daño que el dinero no corrige. La indemnización llega después de que el deterioro se consolidara, con una visión que no volverá a ser la misma y un recorrido médico que acabó demasiado tarde para cambiar el desenlace.

Detrás de la cifra queda la historia de un hombre que pidió ayuda cuando el ojo empezó a fallar y terminó con una secuela de por vida. La resolución cierra la reclamación patrimonial, pero no borra los meses en los que el diagnóstico seguía ausente mientras la retina se desprendía.

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