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El Supremo mantiene la suspensión del voto de los nacionalizados por la ley de nietos para el 29-N

El calendario electoral avanza con una grieta abierta en el voto exterior. El Tribunal Supremo ha decidido mantener la suspensión cautelar que afecta a parte de las personas nacionalizadas por la conocida como ley de nietos, una decisión que las deja fuera de las generales del 29 de noviembre mientras el censo entra en su tramo decisivo.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha rechazado el recurso de reposición con el que la Abogacía del Estado pedía levantar la medida. También la Fiscalía había solicitado revisar la cautelar ante la cercanía de las elecciones, pero la mayoría de los magistrados ha mantenido el freno que ya había dictado en septiembre.

La resolución no cierra el pleito de fondo, pero fija una consecuencia inmediata: el derecho de sufragio continúa suspendido para los afectados por la instrucción cuestionada. La discusión jurídica sobre el modo en que se incorporaron al censo se transforma así en una exclusión efectiva cuando faltan pocas semanas para la votación.

La controversia se centra en los descendientes de españoles que obtuvieron la nacionalidad al amparo de la Ley de Memoria Democrática y de una instrucción posterior. El tribunal considera que debe preservarse la fiabilidad del censo mientras se resuelve el litigio, pese al impacto que esa cautela produce sobre quienes esperaban participar en los comicios.

El adelanto electoral alteró por completo los tiempos. Cuando se adoptó la medida cautelar, las elecciones más próximas estaban mucho más lejos; ahora, el censo aplicable al 29-N quedó cerrado el 1 de agosto y sus plazos de exposición, reclamación y cierre definitivo comprimen cualquier revisión administrativa de gran escala.

La Abogacía del Estado sostuvo que no existía margen material para revisar antes de los comicios los expedientes afectados. La dificultad para separar situaciones individuales se convirtió en una de las claves del caso: sin ese examen, la cautelar se mantiene sobre un grupo amplio, aunque la discusión no sea idéntica en todos los expedientes.

Las cifras también dibujan la dimensión del conflicto. La información aportada al procedimiento sitúa en 163.020 las personas afectadas para estas elecciones, mientras otras estimaciones políticas han elevado el número potencial de beneficiarios de la ley. Detrás de esas cantidades hay ciudadanos con nacionalidad española que quedan atrapados por un proceso aún sin sentencia definitiva.

La decisión fue adoptada por cinco de los seis integrantes que debatieron el recurso. Una magistrada emitió voto particular y defendió que el adelanto de las generales introducía una circunstancia nueva y decisiva: mantener la cautelar podía convertir en irreversible la lesión del derecho de participación de los afectados antes de que se resolviera el fondo.

La mayoría, sin embargo, ha priorizado la protección del censo electoral. El razonamiento parte de que el sufragio debe ejercerse sobre un registro válido y que el posible riesgo de irregularidades exige conservar la medida hasta que exista una respuesta judicial definitiva. Ese equilibrio entre garantías colectivas y derechos individuales queda ahora en el centro del debate.

La suspensión no alcanza de la misma forma a quienes puedan acreditar que descienden de personas exiliadas en las condiciones exigidas por el procedimiento. Esa distinción añade otra capa de tensión: la Administración debía identificar qué expedientes quedaban dentro o fuera de la cautelar, una tarea que los servicios consulares habían advertido que no podían completar a tiempo.

El tribunal ha ordenado que la decisión se publique con urgencia en los canales oficiales y ha abierto un plazo de cinco días para que los afectados puedan presentar alegaciones. Es un margen breve, marcado por un calendario electoral que no se detiene y por la fecha en la que el censo quedará ya definitivamente cerrado.

La batalla judicial nació de recursos impulsados por Iustitia Europa y Vox, que cuestionaron determinadas inscripciones en el Censo Electoral de Residentes Ausentes. La respuesta del Gobierno ha sido la contraria: alertar de que la imposibilidad de revisar los expedientes antes del 29-N no puede desembocar en la privación total del voto de miles de nuevos españoles.

La resolución ha abierto una confrontación política inmediata. Pedro Sánchez ha criticado públicamente la situación y ha pedido al Supremo que impida lo que describe como un atropello, mientras la oposición y los promotores del litigio sostienen que el control del censo resulta imprescindible. El choque ya no se limita a los tribunales: atraviesa la campaña y el relato electoral.

A las puertas del 29-N, la decisión deja una certeza dura y provisional. Miles de nacionalizados siguen sin saber si podrán recuperar a tiempo una voz que creían plenamente adquirida. El Supremo mantiene el candado sobre el censo exterior y el tiempo corre con la fuerza de una cuenta atrás que nadie ha conseguido detener.

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