| | | |

Tudela: el TSJN confirma cuatro años de prisión por agresión a una mujer con discapacidad

Cuatro años de prisión han quedado confirmados para el acusado de una agresión sexual cometida en Tudela contra una mujer con un 75% de discapacidad. La decisión del Tribunal Superior de Justicia de Navarra mantiene la condena dictada en junio por la Audiencia Provincial y sitúa de nuevo los hechos de julio de 2024 bajo el peso de una resolución judicial firme en apelación.

La tarde del 18 de julio de 2024, sobre las tres, la mujer caminaba por la avenida de Zaragoza cuando fue abordada. El relato que ha dado por válido la justicia describe cómo el acusado la arrinconó en la calle y realizó tocamientos por debajo de la ropa. No fue un encuentro ambiguo ni un episodio sin rastro: la agresión dejó una secuencia que después pudo reconstruirse.

La víctima tiene discapacidad intelectual moderada, epilepsia y una situación de dependencia severa. Esa realidad forma parte esencial del caso, no como un detalle accesorio, sino por la especial vulnerabilidad que rodeó lo ocurrido y por el análisis que los tribunales hicieron de su declaración durante el procedimiento.

Días después de la agresión, el 5 de agosto, la mujer reconoció al acusado en un supermercado de Tudela. Avisó a su hermano, que lo siguió y logró fotografiarlo. Esa imagen pasó a manos de la policía y se convirtió en una pieza concreta dentro de una investigación que ya contaba con la descripción proporcionada por la denunciante.

La Policía Local identificó al procesado con la fotografía y la descripción reunidas tras el aviso. Tanto la mujer como su hermano lo reconocieron cuando fue detenido. La identificación no descansó en un solo instante aislado, sino en varios elementos que coincidieron en torno a la persona investigada y al recorrido posterior a los hechos.

La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra consideró suficiente el testimonio de la víctima para sostener la condena por agresión sexual. El Tribunal Superior ha respaldado esa valoración tras revisar el recurso presentado por la defensa, cerrando por ahora el intento de tumbar la credibilidad que los jueces atribuyeron a su relato.

La resolución destaca que la declaración se mantuvo sin contradicciones relevantes sobre lo sucedido y sobre la identidad del autor. También valora que el relato fue persistente y estuvo acompañado de gestos que los peritos consideraron válidos y coherentes. En los delitos cometidos sin testigos directos, ese examen adquiere una importancia decisiva.

La pena de prisión no es la única consecuencia impuesta. El condenado tiene prohibido comunicarse con la víctima o acercarse a menos de doscientos metros durante siete años. La medida busca prolongar la protección más allá de la sentencia y mantener distancia entre la mujer y quien fue condenado por atacarla en la vía pública.

A esa prohibición se suma una medida de libertad vigilada de seis años, que deberá ejecutarse después de la pena privativa de libertad. El fallo también fija una indemnización de 2.000 euros por el daño moral. Son consecuencias distintas, pero nacen del mismo reconocimiento judicial: la agresión produjo un daño que la condena no borra.

La Audiencia acordó sustituir la prisión por la expulsión del territorio nacional. El condenado, natural de Marruecos, tendrá prohibido regresar a España durante diez años. Esa sustitución forma parte de la resolución confirmada y no elimina ni rebaja la condena: determina la forma en que se ejecutará la respuesta penal acordada.

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha confirmado ahora ese conjunto de medidas, desde los cuatro años de prisión hasta el alejamiento, la libertad vigilada, la indemnización y la expulsión. La sentencia aún puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, pero el fallo de apelación refuerza la valoración de los hechos hecha por la Audiencia.

El caso comenzó en una calle transitada de Tudela y avanzó con el reconocimiento de la víctima, la intervención de su hermano y la identificación policial. Después llegó la prueba pericial y el examen judicial de una declaración sostenida en el tiempo. Cada tramo dejó una marca documental hasta desembocar en la condena ahora ratificada.

La confirmación judicial no transforma lo ocurrido en una cifra ni en un titular pasajero. Reconoce que una mujer especialmente vulnerable fue agredida y que su relato resistió el contraste de la investigación, de los peritos y de los tribunales. El proceso penal ha dado una respuesta, aunque la violencia sufrida no desaparece con una resolución.

Tudela queda ligada en esta sentencia a una tarde de julio y a una agresión que intentó quedar reducida al silencio de una esquina. Dos años después, la sala de apelación ha mantenido la condena y las medidas de protección. La decisión sostiene un límite claro: la vulnerabilidad de la víctima no resta valor a su palabra, exige escucharla con más rigor.

Publicaciones Similares

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *